Compendio Agropecuario 2012
471
mano de obra e insumos locales provenientes de la producción agropecuaria nacional en la
transformación e industrialización de alimentos.
Promocionar y difundir el
“
Compro y Como Boliviano
”
e implementar otras acciones
complementarias que fomenten el consumo de productos locales.
Artículo 21.
(POLÍTICA DE INNOVACIÓN AGROPECUARIA Y FORESTAL). I.
El nivel
central del Estado promoverá la innovación agropecuaria y forestal, fortaleciendo al Instituto
Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal - INIAF, como autoridad competente y
rectora del Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal - SNIAF, de los servicios
de certificación de semillas y la gestión de los recursos genéticos de la agrobiodiversidad
como patrimonio del Estado.
II.
El Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal - INIAF, deberá generar
tecnologías, establecer lineamientos y gestionar las políticas de innovación agropecuaria y
forestal, para contribuir a la seguridad con soberanía alimentaria, en el marco del diálogo
de saberes y conocimientos de la intra e interculturalidad y respeto mutuo, considerando los
siguientes principios rectores:
El desarrollo de procesos de innovación bajo enfoques y modelos participativos, y la
democratización de la innovación con participación de comunidades productivas y otros
actores en la investigación, asistencia técnica, extensión y capacitación
.
Atención especial de productos estratégicos para la seguridad con soberanía alimentaria.
III.
Las universidades, institutos técnicos y tecnológicos, escuelas superiores tecnológicas y
otras instituciones públicas, privadas y comunitarias que desarrollan innovación productiva,
deberán realizar investigaciones en el marco de las prioridades estatales en coordinación y
siguiendo los lineamientos del ente rector del Sistema Nacional de Innovación Agropecuaria
y Forestal - SNIAF.
Artículo 22. (POLÍTICA NACIONAL DE MECANIZACIÓN Y TECNIFICACIÓN
AGROPECUARIA). I.
En el marco de la planificación participativa, el Estado promoverá y
fomentará procesos de mecanización y tecnificación agropecuaria adecuados y adaptados
a los diferentes pisos ecológicos, las vocaciones productivas y de uso de suelo, que sean
accesibles y sostenibles, respetando los derechos de la Madre Tierra, mediante:
Facilitación al acceso a tecnología mecanizada e incentivo a su uso para la producción
agropecuaria.
Fomento a la investigación, diseño y producción de tecnología, maquinaria e implementos
agropecuarios en el país, recuperando conocimientos, ciencias y saberes ancestrales, locales
y convencionales.
II.
Se fortalecerá la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional -
COFADENA, para participar y coadyuvar en el proceso de mecanización agropecuaria a
requerimiento y necesidades de las y los productores en coordinación con las instancias
sectoriales pertinentes del Órgano Ejecutivo, además de otras tareas inherentes a sus
funciones, en el marco de la Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria.
Artículo 23. (POLÍTICA DE SERVICIOS DE SANIDAD AGROPECUARIA E INOCUIDAD
ALIMENTARIA).
I.
El Estado fortalecerá los servicios agropecuarios destinados a incrementar
la producción y productividad agropecuaria y ecológica de manera eficiente y oportuna,